sábado, 15 de junio de 2013

Ideas de Negocios. Asesoría Aduanal en línea

Derechos AD VALOREM, ESPECÍFICOS Y MIXTOS 
Por Manfred Rincón
Los derechos de aduana se perciben ad valorem (por ejemplo, el 20 % del valor del producto importado) o con carácter específico (por ejemplo, $2 por kilogramo o por litro). También se perciben, en el caso de algunos productos, derechos mixtos, que combinan una tasa ad valorem y un derecho específi co (el 10 % del valor más $2 por kilogramo). Con pocas excepciones, la mayoría de los países perciben derechos ad valorem. Los gobiernos prefi eren esos derechos por tres razones generales. En primer lugar, resulta más fácil a las autoridades estimar el producto recaudable de los derechos ad valorem, que se determinan en función del valor, que los ingresos fiscales de los derechos específico, que son función del volumen o del peso. En segundo lugar, los derechos ad valorem son más equitativos que los específi cos, puesto que su incidencia es menor sobre los productos baratos y más alta sobre los artículos caros. Por ejemplo, un derecho específi co de $2 por litro tendrá una incidencia del 50 % en una botella de vino que cueste $4 y una incidencia del 10 % en un vino más caro que cueste $20 por botella.
Un derecho ad valorem del 10 % tendría una incidencia de $0,20 en la botella barata y de $2 en la cara. En tercer lugar, en las negociaciones internacionales sobre reducciones arancelarias resulta mucho más fácil comparar el nivel de los aranceles y negociar reducciones si los derechos se perciben ad valorem.
Ahora bien, la incidencia del derecho ad valorem depende en gran medida de los métodos que se empleen para determinar el valor imponible. Por ejemplo, si la administración de aduanas fi ja el valor en $1.000, la aplicación de un gravamen ad valorem del 10 % dará 
lugar a un derecho de $100. En cambio, si determina que el valor es de $1.200, el importador tendrá que pagar un derecho de $120 por las mismas mercancías. Los efectos benéfi cos de las consolidaciones arancelarias en el comercio quedarían considerablemente reducidos si las administraciones de aduanas usaran precios distintos de los de facturación para determinar el valor en aduana. Por consiguiente, las reglas aplicadas en la valoración de las mercancías son de importancia esencial para que la incidencia de los derechos, a los ojos del importador, no sea más alta que la indicada por las tasas teóricas que figuran en el 
arancel del país importador.

1 comentario:

  1. La cuarta ciudad más grande de Colombia es un puerto vibrante sobre el Mar Caribe y el Río Magdalena, y aunque es un poco industrial, todavía tiene barrios encantadores, muchas tiendas, y grandes plazas y parques. https://pleasantmountpress.com/15-mejores-cosas-para-hacer-en-barranquilla-colombia/

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